Se acercan las navidades y tenemos que tener en cuenta dos situaciones.
Una. Todos los trabajadores librarán, al menos, una de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.
Dos. Los trabajadores que realicen su jornada laboral en la noche del 24 al 25 de diciembre, así como la noche del 31 de diciembre al 1 de enero, percibirán una compensación económica de 68,61 euros en el 2019, o en su defecto, a opción del trabajador, de un día de descanso compensatorio, cuando así lo permita el servicio. Articulo 44. b, convenio 2017 al 2020