30/06/2016
CCOO ha abierto en su página web un espacio para que todas las
personas afiliadas al sindicato podáis participar en el proceso de
debate colectivo que CCOO ha iniciado en toda la organización, para
buscar nuevas estrategias de actuación ante los cambios que se han
producido en la economía, el mercado de trabajo y las relaciones
laborales en los últimos años. El objetivo que perseguimos es reforzar
nuestra estructura y práctica sindical para seguir haciendo de CCOO el
sindicato más fuertes y representativo de los trabajadores y trabajadoras.
CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA 2021 - Artículo 52. Jornada de trabajo.
1. Régimen general del cómputo de jornada. La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas. Asimismo, si un trabajador por las necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes. Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas. Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad y b) en el trabajo a turnos. Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada, durante el horario de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo, tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimenticia que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Rep...