RECLAMACION PLUSES VARIABLES EN VACACIONES.
A
raíz de una demanda que interpuso CCOO en el sector aeroportuario a nivel
europeo y que luego fue trasladada en la Audiencia Nacional
al Convenio Colectivo de Seguridad Privada sobre el pago de variables durante las vacaciones, se ha
conseguido llegar a un acuerdo en el Convenio Colectivo 1-7-2015 a 31-12-2016 que se adapte a esta nueva situación y seguir
con incrementos salariales en las tablas para todos y recuperar las cantidades
perdidas en 2013 en las pagas extras.
La
firma del convenio con vigencia 1-7-2015 a 31-12-2016 podríamos pensar que da
cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y es así desde el
1-7-2015. Pero hemos de considerar que
cabe reclamación de cantidad desde el 23-12-2013 hasta el 30-06-2015 y estas reclamaciones hay tiempo de
efectuarlas hasta el 7-5-2016, en base
al fallo de la sentencia de la Audiencia
Nacional de fecha
7-5-2015.
Basta
aportar las nóminas de los 12 meses anteriores al disfrute de cada período de
vacaciones para averiguar la media aritmética, y esta será la cuantía a
consignar en la oportuna Reclamación de Cantidad ante el Juzgado de lo Social.
La empresa no lo abonará pacíficamente.