PLUSES EN VACACIONES

RECLAMACION PLUSES VARIABLES EN VACACIONES.


A raíz de una demanda que interpuso CCOO en el sector aeroportuario a nivel europeo y que luego fue trasladada en la Audiencia Nacional al Convenio Colectivo de Seguridad Privada sobre el pago  de variables durante las vacaciones, se ha conseguido llegar a un acuerdo en el Convenio Colectivo 1-7-2015 a 31-12-2016  que se adapte a esta nueva situación y seguir con incrementos salariales en las tablas para todos y recuperar las cantidades perdidas en 2013 en las pagas extras.

La firma del convenio con vigencia 1-7-2015 a 31-12-2016 podríamos pensar que da cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y es así desde el 1-7-2015.  Pero hemos de considerar que cabe reclamación de cantidad desde el  23-12-2013 hasta el 30-06-2015  y estas reclamaciones hay tiempo de efectuarlas hasta el 7-5-2016, en base al fallo de la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha  7-5-2015.

Basta aportar las nóminas de los 12 meses anteriores al disfrute de cada período de vacaciones para averiguar la media aritmética, y esta será la cuantía a consignar en la oportuna Reclamación de Cantidad ante el Juzgado de lo Social. La empresa no lo abonará pacíficamente.