PERMISO RETRIBUIDO ELECCIONES

24 de Mayo de 2015

Permiso retribuido para los vigilantes que trabajen el día de las Elecciones Municipales y Autonómicas


HAS DE COMUNICAR A SECURITAS QUE EJERCERAS TU DERECHO AL VOTO DE ESTE MODO TE REALIZARAN UN RELEVO EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
Aquellas personas que el próximo 24 de Mayo tengan que trabajar tendrán derecho a un permiso retribuido para votar cuya duración dependerá del tiempo en el que coincida su horario laboral con el de apertura del colegio electoral. Así, se establecen los siguientes permisos para los trabajadores durante la jornada electoral:
- Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (De 9:00 a 20:00 horas) o cuya jornada sea inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.
- Trabajadores cuyo horario coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos 4 horas: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.
- Trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.
- Trabajadores cuyo horario coincida en 6 o más horas con el de los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 4 horas.
Hay que destacar que los trabajadores contratados a tiempo parcial que realizasen una jornada inferior a la habitual, la duración del permiso retribuido se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrolle y la jornada habitual de los trabajadores contratados a tiempo completo en la misma empresa.

En materia de organización del trabajo, será la empresa la encargada de establecer los horarios en los que cada trabajador disfrutará de su permiso retribuido. Además, la empresa puede requerir a los trabajadores que justifiquen su ausencia con el justificante correspondiente que les entregarán en el colegio electoral.