24 de Mayo
de 2015
Permiso
retribuido para los vigilantes que trabajen el día de las Elecciones
Municipales y Autonómicas
HAS DE COMUNICAR A SECURITAS QUE
EJERCERAS TU DERECHO AL VOTO DE ESTE MODO TE REALIZARAN UN RELEVO EN LOS
TERMINOS SIGUIENTES:
Aquellas personas que el próximo 24 de Mayo tengan que trabajar
tendrán derecho a un permiso retribuido para votar cuya duración dependerá del
tiempo en el que coincida su horario laboral con el de apertura del colegio
electoral. Así, se establecen los siguientes permisos para los
trabajadores durante la jornada electoral:
- Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de
apertura de los colegios electorales (De 9:00 a 20:00 horas) o cuya jornada sea
inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada
de trabajo no le impide ir a votar.
- Trabajadores cuyo horario coincida en 2 o más horas y que éste
sea de menos 4 horas: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.
- Trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas con el de
los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.
- Trabajadores cuyo horario coincida en 6 o más horas con el de
los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 4 horas.
Hay que destacar que los trabajadores contratados a tiempo
parcial que realizasen una jornada inferior a la habitual, la duración del
permiso retribuido se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de
trabajo que desarrolle y la jornada habitual de los trabajadores contratados a
tiempo completo en la misma empresa.
En materia de organización del trabajo, será la empresa la
encargada de establecer los horarios en los que cada trabajador disfrutará de
su permiso retribuido. Además, la empresa puede requerir a los trabajadores que
justifiquen su ausencia con el justificante correspondiente que les entregarán
en el colegio electoral.